Apertura de inscripciones para hogueras en la Noche de San Juan en Arona

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Recuerda la necesidad de realizar una comunicación previa al Ayuntamiento si se desea realizar una hoguera en espacios privados permitidos según el bando municipal

Para atender las incidencias estará operativo un Puesto de Mando Avanzado (PMA) y el teléfono general del Ayuntamiento 010 (922 761 600)

Con motivo de la celebración de la ‘Noche del Fuego y los Deseos, San Juan 2025’, el Ayuntamiento de Arona hace un llamamiento a la solidaridad, responsabilidad y civismo de los vecinos de Arona y de los ciudadanos en general, además de la necesidad de realizar una comunicación previa si se desea realizar una hoguera en espacios privados.

En concordancia con la nueva ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, el Ayuntamiento de Arona, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1. 1º del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, pone en conocimiento del público que no estará permitida la realización de hogueras en playas, en los espacios públicos y espacios naturales protegidos del municipio. Solo estarán permitidas las realizadas por Ayuntamiento de Arona en la playa de Los Cristianos, Las Galletas y urbanización Virgen del Carmen.

Comunicación previa 

Los vecinos y vecinas que pretendan realizar una hoguera tradicional deberán comunicarlo previamente en los registros de entrada oficiales dirigidos a la concejalía de Fiestas del Ayuntamiento de Arona. Se han habilitado tres opciones: por escrito en las oficinas de atención al ciudadano del municipio de Arona (SAC) mediante cita previa; por la sede electrónica del Ayuntamiento de Arona en y por el registro de entrada digital “Redsara”:

La comunicación previa deberá realizarse mediante Modelo Genérico 005 que estará disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento acompañado de la siguiente documentación: Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte del interesado; Plano descriptivo del lugar exacto donde se pretende realizar la hoguera; Declaración responsable para las ‘Hogueras de San Juan 2025’.

El plazo para presentar las comunicaciones será hasta las 14.00 horas del día 18 de junio de 2025. Conforme al modelo de comunicación previa, se identificará en todo caso al promotor o promotora, persona mayor de edad, con vecindad en el término municipal de Arona, que asumirá la responsabilidad de la actividad a desarrollar.

Las hogueras ubicadas en terrenos de titularidad privada deberán estar situadas en lugares donde haya facilidad para el acceso de los servicios de seguridad, protección civil y emergencias. En ningún caso podrán situarse ocupando vías públicas o espacios de dominio público, espacios naturales protegidos y especialmente quedando prohibido la ocupación de parques, jardines, barrancos y playas. Del mismo modo, no se podrán ubicar dentro de parques ni polígonos industriales. Queda prohibido el uso recreativo del fuego (hogueras, …) en los espacios públicos y privados en la zona de riesgo de incendio forestal desde las 12.00h del día 23 de junio hasta las 15.00h del día 24 de junio de 2025 (zona A, que comprende desde la Carretera Insular TF-28 hasta el linde superior del Término Municipal.

En el caso de que la persona promotora no sea propietaria del terreno deberá adjuntar en la comunicación previa la correspondiente autorización de la persona titular del mismo. El terreno donde se ubique la hoguera deberá ser urbano, urbanizable o agrícola en explotación. En caso de ubicarse en terreno agrícola, deberá contar con la autorización administrativa previa del Cabildo Insular de Tenerife, sin perjuicio de la comunicación previa a efectuar ante el Ayuntamiento de Arona.

Prohibiciones

Por esta razón, las actividades como hogueras, realización de braseros, utilización de grupos electrógenos y botellones quedan prohibidas y sujetas al régimen de infracciones y sanciones establecidas en la normativa vigente.

Se recuerda que la pila de materiales que constituye la hoguera no deberá estar formada por sustancias inflamables, explosivas, peligrosas, ni por elementos de composición plástica, ni ningún otro tipo de residuos cuya naturaleza pueda conllevar la emisión de gases altamente contaminantes o molestos (neumáticos, palés de madera, gomaespumas, plásticos, botes de aerosoles de cualquier clase, …) y que generen residuos peligrosos.

La persona promotora de la hoguera deberá disponer de suministro de agua mediante red de abastecimiento propia que abarque toda la hoguera durante todo el periodo de encendido con capacidad suficiente para la total extinción de la misma. Además, deberá responsabilizarse de la correcta y total extinción de la misma, así como dejar el lugar en las mismas condiciones en las que estaba previamente.

Se podrán desmontar las hogueras que no reúnan las condiciones de seguridad, medioambientales o por su peligrosidad.

Para atender las incidencias estará operativo un Puesto de Mando Avanzado (PMA) y el teléfono general del Ayuntamiento 010 (922 761 600) desde las 20:00 horas del 23 de junio de 2025 hasta las 01:00 horas del 24 de junio de 2025.

En los espacios privados autorizados, la hoguera deberá ubicarse en lugares despejados evitando la proximidad a árboles, tendidos eléctricos, vehículos, manteniendo una distancia de seguridad como mínimo de 100 metros de edificaciones, líneas aéreas de servicios, mobiliario urbano y vehículos. Deberá respetarse una distancia mínima de 100 metros entre hogueras; la hoguera no tendrá una altura y diámetro superior a 3 metros, en ningún caso; las hogueras se prenderán desde las 20:00 horas del día 23 de junio de 2025 hasta las 01:00 horas del día 24 de junio de 2025.

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Recuerda la necesidad de realizar una comunicación previa al Ayuntamiento si se desea realizar una hoguera en espacios privados permitidos según el bando municipal

Para atender las incidencias estará operativo un Puesto de Mando Avanzado (PMA) y el teléfono general del Ayuntamiento 010 (922 761 600)

Con motivo de la celebración de la ‘Noche del Fuego y los Deseos, San Juan 2025’, el Ayuntamiento de Arona hace un llamamiento a la solidaridad, responsabilidad y civismo de los vecinos de Arona y de los ciudadanos en general, además de la necesidad de realizar una comunicación previa si se desea realizar una hoguera en espacios privados.

En concordancia con la nueva ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, el Ayuntamiento de Arona, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1. 1º del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, pone en conocimiento del público que no estará permitida la realización de hogueras en playas, en los espacios públicos y espacios naturales protegidos del municipio. Solo estarán permitidas las realizadas por Ayuntamiento de Arona en la playa de Los Cristianos, Las Galletas y urbanización Virgen del Carmen.

Comunicación previa 

Los vecinos y vecinas que pretendan realizar una hoguera tradicional deberán comunicarlo previamente en los registros de entrada oficiales dirigidos a la concejalía de Fiestas del Ayuntamiento de Arona. Se han habilitado tres opciones: por escrito en las oficinas de atención al ciudadano del municipio de Arona (SAC) mediante cita previa; por la sede electrónica del Ayuntamiento de Arona en y por el registro de entrada digital “Redsara”:

La comunicación previa deberá realizarse mediante Modelo Genérico 005 que estará disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento acompañado de la siguiente documentación: Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte del interesado; Plano descriptivo del lugar exacto donde se pretende realizar la hoguera; Declaración responsable para las ‘Hogueras de San Juan 2025’.

El plazo para presentar las comunicaciones será hasta las 14.00 horas del día 18 de junio de 2025. Conforme al modelo de comunicación previa, se identificará en todo caso al promotor o promotora, persona mayor de edad, con vecindad en el término municipal de Arona, que asumirá la responsabilidad de la actividad a desarrollar.

Las hogueras ubicadas en terrenos de titularidad privada deberán estar situadas en lugares donde haya facilidad para el acceso de los servicios de seguridad, protección civil y emergencias. En ningún caso podrán situarse ocupando vías públicas o espacios de dominio público, espacios naturales protegidos y especialmente quedando prohibido la ocupación de parques, jardines, barrancos y playas. Del mismo modo, no se podrán ubicar dentro de parques ni polígonos industriales. Queda prohibido el uso recreativo del fuego (hogueras, …) en los espacios públicos y privados en la zona de riesgo de incendio forestal desde las 12.00h del día 23 de junio hasta las 15.00h del día 24 de junio de 2025 (zona A, que comprende desde la Carretera Insular TF-28 hasta el linde superior del Término Municipal.

En el caso de que la persona promotora no sea propietaria del terreno deberá adjuntar en la comunicación previa la correspondiente autorización de la persona titular del mismo. El terreno donde se ubique la hoguera deberá ser urbano, urbanizable o agrícola en explotación. En caso de ubicarse en terreno agrícola, deberá contar con la autorización administrativa previa del Cabildo Insular de Tenerife, sin perjuicio de la comunicación previa a efectuar ante el Ayuntamiento de Arona.

Prohibiciones

Por esta razón, las actividades como hogueras, realización de braseros, utilización de grupos electrógenos y botellones quedan prohibidas y sujetas al régimen de infracciones y sanciones establecidas en la normativa vigente.

Se recuerda que la pila de materiales que constituye la hoguera no deberá estar formada por sustancias inflamables, explosivas, peligrosas, ni por elementos de composición plástica, ni ningún otro tipo de residuos cuya naturaleza pueda conllevar la emisión de gases altamente contaminantes o molestos (neumáticos, palés de madera, gomaespumas, plásticos, botes de aerosoles de cualquier clase, …) y que generen residuos peligrosos.

La persona promotora de la hoguera deberá disponer de suministro de agua mediante red de abastecimiento propia que abarque toda la hoguera durante todo el periodo de encendido con capacidad suficiente para la total extinción de la misma. Además, deberá responsabilizarse de la correcta y total extinción de la misma, así como dejar el lugar en las mismas condiciones en las que estaba previamente.

Se podrán desmontar las hogueras que no reúnan las condiciones de seguridad, medioambientales o por su peligrosidad.

Para atender las incidencias estará operativo un Puesto de Mando Avanzado (PMA) y el teléfono general del Ayuntamiento 010 (922 761 600) desde las 20:00 horas del 23 de junio de 2025 hasta las 01:00 horas del 24 de junio de 2025.

En los espacios privados autorizados, la hoguera deberá ubicarse en lugares despejados evitando la proximidad a árboles, tendidos eléctricos, vehículos, manteniendo una distancia de seguridad como mínimo de 100 metros de edificaciones, líneas aéreas de servicios, mobiliario urbano y vehículos. Deberá respetarse una distancia mínima de 100 metros entre hogueras; la hoguera no tendrá una altura y diámetro superior a 3 metros, en ningún caso; las hogueras se prenderán desde las 20:00 horas del día 23 de junio de 2025 hasta las 01:00 horas del día 24 de junio de 2025.

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Para atender las incidencias estará operativo un Puesto de Mando Avanzado (PMA) y el teléfono general del Ayuntamiento 010 (922 761 600)

Con motivo de la celebración de la ‘Noche del Fuego y los Deseos, San Juan 2025’, el Ayuntamiento de Arona hace un llamamiento a la solidaridad, responsabilidad y civismo de los vecinos de Arona y de los ciudadanos en general, además de la necesidad de realizar una comunicación previa si se desea realizar una hoguera en espacios privados.

En concordancia con la nueva ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, el Ayuntamiento de Arona, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1. 1º del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, pone en conocimiento del público que no estará permitida la realización de hogueras en playas, en los espacios públicos y espacios naturales protegidos del municipio. Solo estarán permitidas las realizadas por Ayuntamiento de Arona en la playa de Los Cristianos, Las Galletas y urbanización Virgen del Carmen.

Comunicación previa 

Los vecinos y vecinas que pretendan realizar una hoguera tradicional deberán comunicarlo previamente en los registros de entrada oficiales dirigidos a la concejalía de Fiestas del Ayuntamiento de Arona. Se han habilitado tres opciones: por escrito en las oficinas de atención al ciudadano del municipio de Arona (SAC) mediante cita previa; por la sede electrónica del Ayuntamiento de Arona en y por el registro de entrada digital “Redsara”:

La comunicación previa deberá realizarse mediante Modelo Genérico 005 que estará disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento acompañado de la siguiente documentación: Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte del interesado; Plano descriptivo del lugar exacto donde se pretende realizar la hoguera; Declaración responsable para las ‘Hogueras de San Juan 2025’.

El plazo para presentar las comunicaciones será hasta las 14.00 horas del día 18 de junio de 2025. Conforme al modelo de comunicación previa, se identificará en todo caso al promotor o promotora, persona mayor de edad, con vecindad en el término municipal de Arona, que asumirá la responsabilidad de la actividad a desarrollar.

Las hogueras ubicadas en terrenos de titularidad privada deberán estar situadas en lugares donde haya facilidad para el acceso de los servicios de seguridad, protección civil y emergencias. En ningún caso podrán situarse ocupando vías públicas o espacios de dominio público, espacios naturales protegidos y especialmente quedando prohibido la ocupación de parques, jardines, barrancos y playas. Del mismo modo, no se podrán ubicar dentro de parques ni polígonos industriales. Queda prohibido el uso recreativo del fuego (hogueras, …) en los espacios públicos y privados en la zona de riesgo de incendio forestal desde las 12.00h del día 23 de junio hasta las 15.00h del día 24 de junio de 2025 (zona A, que comprende desde la Carretera Insular TF-28 hasta el linde superior del Término Municipal.

En el caso de que la persona promotora no sea propietaria del terreno deberá adjuntar en la comunicación previa la correspondiente autorización de la persona titular del mismo. El terreno donde se ubique la hoguera deberá ser urbano, urbanizable o agrícola en explotación. En caso de ubicarse en terreno agrícola, deberá contar con la autorización administrativa previa del Cabildo Insular de Tenerife, sin perjuicio de la comunicación previa a efectuar ante el Ayuntamiento de Arona.

Prohibiciones

Por esta razón, las actividades como hogueras, realización de braseros, utilización de grupos electrógenos y botellones quedan prohibidas y sujetas al régimen de infracciones y sanciones establecidas en la normativa vigente.

Se recuerda que la pila de materiales que constituye la hoguera no deberá estar formada por sustancias inflamables, explosivas, peligrosas, ni por elementos de composición plástica, ni ningún otro tipo de residuos cuya naturaleza pueda conllevar la emisión de gases altamente contaminantes o molestos (neumáticos, palés de madera, gomaespumas, plásticos, botes de aerosoles de cualquier clase, …) y que generen residuos peligrosos.

La persona promotora de la hoguera deberá disponer de suministro de agua mediante red de abastecimiento propia que abarque toda la hoguera durante todo el periodo de encendido con capacidad suficiente para la total extinción de la misma. Además, deberá responsabilizarse de la correcta y total extinción de la misma, así como dejar el lugar en las mismas condiciones en las que estaba previamente.

Se podrán desmontar las hogueras que no reúnan las condiciones de seguridad, medioambientales o por su peligrosidad.

Para atender las incidencias estará operativo un Puesto de Mando Avanzado (PMA) y el teléfono general del Ayuntamiento 010 (922 761 600) desde las 20:00 horas del 23 de junio de 2025 hasta las 01:00 horas del 24 de junio de 2025.

En los espacios privados autorizados, la hoguera deberá ubicarse en lugares despejados evitando la proximidad a árboles, tendidos eléctricos, vehículos, manteniendo una distancia de seguridad como mínimo de 100 metros de edificaciones, líneas aéreas de servicios, mobiliario urbano y vehículos. Deberá respetarse una distancia mínima de 100 metros entre hogueras; la hoguera no tendrá una altura y diámetro superior a 3 metros, en ningún caso; las hogueras se prenderán desde las 20:00 horas del día 23 de junio de 2025 hasta las 01:00 horas del día 24 de junio de 2025.

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FUENTE

  • Redaccion

    Apasionado por contar las historias que dan forma a nuestra sociedad. Me especializo en la actualidad de Canarias, cubriendo temas de política, economía, cultura y sociedad con rigor y cercanía. Mi objetivo es ofrecer información clara y relevante para que los lectores estén siempre bien informados.

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